El Retiro Programado IMSS 2026 es una modalidad de pensión del régimen de la Ley del Seguro Social de 1997 en la que los recursos utilizados para financiar el retiro permanecen administrados en una Afore y se realizan pagos periódicos con cargo a la Cuenta Individual.
A diferencia de una Renta Vitalicia, donde una aseguradora recibe los recursos pensionarios necesarios y se compromete a pagar durante la vida del pensionado, en el Retiro Programado el monto se determina tomando en cuenta el saldo disponible, la esperanza de vida y los parámetros actuariales establecidos por el sistema.
Además, la Ley del Seguro Social establece que el cálculo del Retiro Programado se realiza nuevamente cada año, por lo que la mensualidad no debe entenderse como una cantidad necesariamente fija para toda la vida.
Durante 2026, las personas que buscan una pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo Ley 97 deben considerar el requisito transitorio de 875 semanas cotizadas, además de cumplir la edad y demás condiciones aplicables.
Retiro Programado IMSS 2026: ¿qué es?
La Ley del Seguro Social define los retiros programados como una modalidad para obtener una pensión fraccionando el monto total o parte de los recursos de la Cuenta Individual.
Para determinar el pago se toman en cuenta principalmente:
- saldo de la Cuenta Individual;
- esperanza de vida del pensionado;
- beneficiarios con derecho;
- rendimientos previsibles;
- parámetros actuariales aplicables.
En esta modalidad la Afore continúa administrando los recursos que correspondan al pago de la pensión.
Puedes consultar la definición oficial en el Glosario de Pensiones del IMSS.
¿El Retiro Programado es una pensión de Ley 97?
Sí.
Forma parte de las opciones pensionarias del régimen de Cuenta Individual establecido por la Ley del Seguro Social de 1997.
Para Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, la Ley permite que quien reúne los requisitos pueda utilizar su Cuenta Individual mediante las opciones autorizadas de:
- Renta Vitalicia;
- Retiro Programado;
- o las combinaciones permitidas conforme a las reglas del sistema.
Si comenzaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, primero revisa si también tienes derecho a elegir el régimen de 1973.
Consulta nuestra guía sobre Pensión IMSS Ley 73 vs Ley 97 2026.
¿Cuántas semanas necesitas durante 2026?
Para Ley 97, el requisito transitorio durante 2026 es de:
875 semanas cotizadas.
La reforma de 2020 estableció un incremento de 25 semanas por año hasta llegar a 1,000 en 2031.
| Año | Semanas requeridas |
|---|---|
| 2025 | 850 |
| 2026 | 875 |
| 2027 | 900 |
| 2028 | 925 |
| 2029 | 950 |
| 2030 | 975 |
| 2031 | 1,000 |
El propio IMSS publica actualmente esta tabla dentro de sus trámites pensionarios.
¿Qué edad necesitas para elegir un Retiro Programado?
Para las pensiones ordinarias de Ley 97:
- 60 a 64 años: Cesantía en Edad Avanzada;
- 65 años o más: Vejez.
Además debes cumplir los demás requisitos pensionarios y contar con una resolución favorable del Instituto.
Existe una figura de Retiro Anticipado antes de los 60 años, pero tiene condiciones financieras diferentes y no debe confundirse con simplemente retirar antes el dinero de la Afore.
¿Quién paga una pensión mediante Retiro Programado?
En esta modalidad la administración y el pago se realizan a través de la Afore, utilizando los recursos correspondientes de la Cuenta Individual.
Esto es diferente de una Renta Vitalicia:
- en Renta Vitalicia paga una aseguradora;
- en Retiro Programado interviene la Afore.
El IMSS es quien reconoce el derecho pensionario y emite la resolución correspondiente.
¿Cómo se calcula el Retiro Programado?
El artículo 194 de la Ley del Seguro Social establece que cada año debe calcularse una anualidad.
En términos simplificados, el procedimiento utiliza:
saldo de la Cuenta Individual ÷ capital necesario para financiar una unidad de renta.
Después:
anualidad ÷ 12 = pensión mensual.
El cálculo actuarial real no debe realizarse únicamente con una división casera, porque el capital necesario utiliza tablas elaboradas conforme a las reglas del sistema.
¿Quién define las tablas del cálculo?
La Ley señala que las tablas utilizadas para calcular la unidad de Renta Vitalicia que interviene en el Retiro Programado son elaboradas anualmente por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Esto significa que la estimación no depende únicamente de:
“Tengo $1 millón y quiero dividirlo entre 20 años”.
El cálculo utiliza criterios actuariales oficiales.
¿La mensualidad es fija para siempre?
No.
El cálculo del Retiro Programado se realiza anualmente.
Por tanto, el monto puede modificarse conforme cambien:
- el saldo disponible;
- rendimientos;
- edad;
- parámetros actuariales;
- capital necesario para financiar la pensión;
- otras variables establecidas por las reglas aplicables.
No debes contratar esta modalidad pensando que la primera mensualidad será necesariamente idéntica durante toda tu vida.
¿Por qué puede cambiar cada año?
Porque durante el Retiro Programado los recursos continúan vinculados a la Cuenta Individual.
Cada año existe un saldo diferente debido a:
- pagos ya realizados;
- rendimientos obtenidos;
- comisiones aplicables a la administración;
- movimientos permitidos por el sistema;
- nueva edad actuarial del pensionado.
Con esos datos se vuelve a determinar la anualidad.
¿El dinero sigue generando rendimientos?
Los recursos que continúan administrados en la Cuenta Individual se mantienen sujetos al régimen de inversión correspondiente dentro del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Por ello, los rendimientos previsibles forman parte expresamente de la definición legal del Retiro Programado.
Sin embargo, los rendimientos pueden variar y no existe una tasa futura garantizada únicamente por elegir esta modalidad.
¿Cómo saber cuánto tienes en tu Afore?
Antes de decidir debes revisar tu estado de cuenta y conocer:
- saldo total;
- subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez;
- aportaciones voluntarias;
- recursos de vivienda reportados;
- rendimientos;
- retiros anteriores;
- datos personales.
Consulta nuestra guía sobre Estado de cuenta Afore 2026.
¿Todo el saldo de tu Afore se utiliza para el Retiro Programado?
No debe afirmarse automáticamente.
La propia Ley permite que el Retiro Programado utilice todo o parte de los recursos de la Cuenta Individual conforme al esquema pensionario.
Además, existen subcuentas que tienen reglas específicas.
Por ejemplo:
- recursos de vivienda;
- aportaciones voluntarias;
- excedentes;
- recursos que legalmente deban utilizarse para financiar la pensión.
La resolución pensionaria y la Afore deben indicar qué recursos se utilizarán.
¿Puedes recibir en efectivo el resto de tu Afore?
Depende del régimen, saldo y tipo de pensión.
No existe una regla según la cual cualquier persona pueda separar libremente una cantidad para pensionarse y retirar todo lo demás.
La Ley contempla supuestos específicos para disponer de excedentes, entre ellos cuando la pensión supera determinados niveles respecto de la Pensión Garantizada después de cubrir la protección de beneficiarios.
Antes de retirar recursos pide que la Afore te explique por escrito:
- qué parte financia la pensión;
- qué parte puede entregarse;
- qué subcuentas permanecen;
- qué consecuencias tendría el retiro.
¿Qué pasa con tus aportaciones voluntarias?
CONSAR señala que una persona pensionada bajo Ley 97 puede optar por utilizar recursos de aportaciones voluntarias para incrementar el monto de la Renta Vitalicia o del Retiro Programado que contrate.
Esto no significa que todas las aportaciones voluntarias deban destinarse obligatoriamente a la pensión.
Su tratamiento depende del tipo de ahorro y de las reglas fiscales y de disposición correspondientes.
¿Necesitas un Seguro de Sobrevivencia?
Sí cuando corresponde conforme al esquema pensionario.
El Seguro de Sobrevivencia protege a los beneficiarios legales después del fallecimiento de la persona pensionada.
La norma vigente del IMSS establece que los pensionados con cuantías superiores a la Pensión Garantizada que elijan Retiro Programado con una Afore deben contratar el Seguro de Sobrevivencia con una aseguradora.
La aseguradora seleccionada será la encargada de cubrir las prestaciones correspondientes a los beneficiarios cuando se actualice el supuesto.
¿Qué beneficiarios protege el Seguro de Sobrevivencia?
Dependiendo de quién cumpla los requisitos legales, puede proteger a:
- esposa o esposo;
- concubina o concubinario;
- persona en unión civil;
- hijos;
- ascendientes.
Por eso debes revisar los beneficiarios antes de concluir la pensión.
Consulta nuestra guía sobre Alta de beneficiarios IMSS 2026.
¿Qué pasa con tu esposa o esposo si falleces?
Cuando se cumplen las condiciones legales puede generarse una pensión por viudez.
En un esquema de Retiro Programado, la protección de beneficiarios no debe entenderse simplemente como “heredar lo que quede en la Afore”.
Intervienen las prestaciones derivadas y el Seguro de Sobrevivencia correspondiente.
Consulta nuestra guía sobre Pensión por viudez IMSS 2026.
¿Y qué pasa con los hijos?
Los hijos que cumplen las condiciones pueden acceder a una pensión por orfandad.
Consulta nuestra guía sobre Pensión por orfandad IMSS 2026.
¿El saldo restante de la Afore se hereda automáticamente?
No debe simplificarse de esa manera.
Cuando fallece un trabajador o pensionado, debe distinguirse entre:
- recursos utilizados para financiar la pensión;
- Seguro de Sobrevivencia;
- pensiones de beneficiarios legales;
- subcuentas que puedan entregarse en una sola exhibición;
- beneficiarios designados;
- otros recursos remanentes conforme a la legislación.
La Ley establece que la Afore debe entregar a los beneficiarios los recursos de las subcuentas que legalmente puedan disponerse en una sola exhibición.
No todos los recursos tienen necesariamente el mismo destino.
Retiro Programado vs Renta Vitalicia: ¿cuál es la diferencia?
| Característica | Retiro Programado | Renta Vitalicia |
|---|---|---|
| Quién administra los recursos pensionarios | Afore | Aseguradora |
| Quién realiza el pago principal | Afore | Aseguradora |
| Cálculo de mensualidad | Se recalcula anualmente conforme al saldo y parámetros actuariales | Se establece mediante el contrato de renta y se actualiza conforme a las reglas legales |
| Recursos | Permanecen administrados en la Cuenta Individual | Los recursos necesarios se transfieren para contratar la renta |
| Pago de por vida por la institución elegida | No funciona como contrato vitalicio con la Afore | Sí, es la característica central de la Renta Vitalicia |
| Posibilidad de cambiar posteriormente | Puede contratarse después una Renta Vitalicia si se cumplen los requisitos | No debe asumirse que puede revertirse libremente al Retiro Programado |
Consulta nuestra guía completa sobre Renta Vitalicia IMSS 2026.
¿Puedes empezar con Retiro Programado y después elegir Renta Vitalicia?
Sí existe esa posibilidad bajo las condiciones legales.
La Ley señala que quien elija Retiro Programado, o una combinación permitida, puede posteriormente contratar una Renta Vitalicia.
Sin embargo, existe un límite:
la Renta Vitalicia que pueda contratarse debe alcanzar el nivel mínimo exigido por la Ley.
No basta con pedir a la Afore que transfiera el saldo si éste ya no permite contratar la renta requerida.
¿Puedes cambiar de Renta Vitalicia a Retiro Programado?
No debe asumirse que existe una facultad equivalente para deshacer libremente una Renta Vitalicia.
En la Renta Vitalicia existe un contrato con una aseguradora y recursos que ya fueron transferidos para financiar la pensión.
Por eso la decisión debe analizarse cuidadosamente antes de firmarla.
¿Puedes utilizar las dos opciones?
La reforma de 2020 modificó la Ley para permitir que, dentro de las reglas aplicables, las personas puedan elegir una de las opciones o ambas.
Eso no significa que el trabajador pueda inventar libremente cualquier distribución porcentual de sus recursos.
La estructura debe ajustarse a las reglas emitidas por las autoridades del Sistema de Ahorro para el Retiro y a las opciones disponibles dentro del proceso pensionario.
¿El Retiro Programado dura hasta que se acaba la Afore?
Esta pregunta requiere una precisión.
El Retiro Programado utiliza recursos de la Cuenta Individual, pero no debe afirmarse simplemente que cualquier pensionado dejará de recibir dinero el día que el saldo llegue a cero.
Existe una protección distinta para quienes tienen derecho a la Pensión Garantizada.
Cuando una persona reúne los requisitos de esa prestación y sus recursos son insuficientes, la Ley prevé aportaciones complementarias del Gobierno Federal.
Una vez agotados los recursos de la Cuenta Individual utilizados para pagar la Pensión Garantizada, la Afore debe notificarlo y el pago continúa con recursos del Gobierno Federal conforme al procedimiento legal.
Consulta nuestra guía sobre Pensión Garantizada IMSS 2026.
¿Entonces cualquier Retiro Programado termina convirtiéndose en Pensión Garantizada?
No debe asumirse.
La Pensión Garantizada tiene requisitos propios.
Primero debe determinarse si la persona realmente se encuentra dentro de ese supuesto.
Por eso hay que distinguir:
- Retiro Programado financiado con recursos suficientes;
- Pensión Garantizada pagada inicialmente con cargo a la Cuenta Individual y complementada conforme a la Ley.
La resolución pensionaria indicará cuál es tu situación.
¿Cuánto paga un Retiro Programado?
No existe una cantidad universal.
El monto depende de factores individuales, entre ellos:
- saldo acumulado;
- edad;
- beneficiarios;
- esperanza de vida;
- rendimientos;
- parámetros actuariales;
- modalidad seleccionada;
- recursos destinados al Seguro de Sobrevivencia.
Por eso no existe una tabla simple que permita afirmar:
“Con $1 millón en la Afore te tocarán exactamente $X al mes”.
¿Un saldo de un millón de pesos garantiza una buena pensión?
No necesariamente.
El saldo es fundamental, pero debe analizarse junto con:
- edad;
- semanas;
- beneficiarios;
- modalidad;
- esperanza de vida;
- otras obligaciones pensionarias.
La cantidad que aparece en el estado de cuenta no equivale directamente a una mensualidad determinada.
¿Qué pasa si tienes poco saldo pero suficientes semanas?
Un saldo insuficiente no significa automáticamente que recibirás una Negativa de Pensión.
Si cumples edad, semanas y demás requisitos de Ley 97, puede analizarse el derecho a una Pensión Garantizada.
Durante 2026 el requisito transitorio de semanas es de 875.
La Pensión Garantizada utiliza además edad, semanas y salario promedio para determinar el monto correspondiente.
¿Qué pasa si no tienes las 875 semanas?
Entonces el problema ocurre antes de elegir Retiro Programado.
Si no reúnes las semanas, no puedes obtener la pensión ordinaria simplemente porque tengas dinero acumulado en la Afore.
La Ley permite, bajo los supuestos correspondientes, continuar cotizando o solicitar la disposición de recursos después de obtener una Resolución de Negativa.
Consulta nuestra guía sobre Negativa de pensión IMSS 2026.
¿Cómo puedes estimar tu pensión?
Antes de iniciar, revisa:
- semanas cotizadas;
- edad;
- régimen pensionario;
- saldo Afore;
- beneficiarios;
- salario registrado;
- datos personales.
CONSAR mantiene herramientas de estimación para trabajadores IMSS.
Recuerda que una calculadora ofrece una proyección y no sustituye la resolución del Instituto ni el cálculo definitivo de la Afore.
¿Se tramita directamente en la Afore?
La pensión no nace únicamente porque acudas a la Afore.
Primero necesitas que el IMSS determine tu derecho pensionario.
El procedimiento puede comenzar mediante Mi Pensión Digital y continuar ante Prestaciones Económicas.
Después, cuando la resolución establece el esquema correspondiente, debes continuar con la Afore para la administración y pago del Retiro Programado.
Consulta nuestra guía sobre Mi Pensión Digital IMSS 2026.
¿Qué debes preguntar a la Afore antes de firmar?
Pregunta claramente:
- ¿Cuál será mi primera mensualidad?
- ¿Cuándo se realizará el siguiente recálculo?
- ¿Qué saldo se utilizará?
- ¿Qué recursos permanecerán fuera del cálculo?
- ¿Qué Seguro de Sobrevivencia necesito?
- ¿Qué beneficiarios están protegidos?
- ¿Qué ocurriría si posteriormente quiero contratar una Renta Vitalicia?
- ¿Qué sucede si mi saldo disminuye?
- ¿Tengo derecho a Pensión Garantizada?
- ¿Qué documentos recibiré como comprobante?
¿Puedes cambiarte de Afore estando pensionado por Retiro Programado?
La administración de una Cuenta Individual pensionaria se encuentra sujeta a las disposiciones específicas del Sistema de Ahorro para el Retiro.
No debes asumir que las reglas ordinarias de traspaso de una cuenta de trabajador activo aplican exactamente igual cuando ya existe una pensión en curso.
Antes de solicitar cualquier cambio confirma con tu Afore y CONSAR si tu modalidad permite el movimiento y qué efecto tendría sobre el pago.
¿Qué pasa si vuelves a trabajar después de pensionarte?
La Ley contempla reglas particulares para una persona pensionada por Cesantía o Vejez que reingresa al Régimen Obligatorio.
En ese supuesto se abre una nueva Cuenta Individual para las nuevas aportaciones correspondientes.
La Ley también contempla mecanismos para que posteriormente determinados recursos acumulados puedan incorporarse a la prestación pensionaria bajo las condiciones aplicables.
Antes de volver a un empleo formal solicita orientación sobre el efecto concreto en tu modalidad.
¿Qué pasa si hiciste retiros por desempleo antes de pensionarte?
Los retiros parciales por desempleo pueden disminuir proporcionalmente las semanas reconocidas.
Esto puede afectar tu posibilidad de llegar a las 875 semanas requeridas durante 2026.
Antes de pensionarte consulta nuevamente tu reporte de semanas.
Si reintegraste recursos, verifica que la restitución correspondiente haya sido correctamente reconocida.
¿Qué pasa si faltan semanas en el IMSS?
No aceptes un cálculo pensionario sin revisar primero el historial.
Consulta nuestra guía sobre Semanas cotizadas IMSS 2026.
Si faltan empleos, reúne documentación y solicita la aclaración antes de concluir la pensión.
¿Qué pasa si el salario registrado está incorrecto?
El salario también puede ser relevante para prestaciones relacionadas con Ley 97 y Pensión Garantizada.
Consulta nuestra guía sobre Salario registrado IMSS 2026.
Corrige las diferencias importantes antes de asumir que toda la información utilizada para tu pensión es correcta.
¿Qué pasa si trabajaste en IMSS e ISSSTE?
Puede existir derecho a reconocer periodos cotizados en ambos institutos mediante portabilidad.
Primero deben certificarse formalmente los periodos.
Consulta nuestra guía sobre Portabilidad IMSS-ISSSTE 2026.
¿El Fondo de Pensiones para el Bienestar puede complementar un Retiro Programado?
El Fondo tiene requisitos propios para determinadas pensiones de Vejez de Ley 97.
La modalidad pensionaria no debe confundirse con el complemento.
Si tu resolución reúne las condiciones correspondientes, el IMSS revisa la elegibilidad dentro del procedimiento pensionario.
Consulta nuestra guía sobre Fondo de Pensiones para el Bienestar IMSS 2026.
¿Retiro Programado es mejor que Renta Vitalicia?
No existe una opción universalmente mejor.
Son estructuras distintas.
El Retiro Programado mantiene recursos administrados por la Afore y recalcula el pago conforme al saldo y parámetros aplicables.
La Renta Vitalicia utiliza recursos pensionarios para contratar con una aseguradora un pago periódico durante la vida del pensionado.
La decisión depende de:
- saldo;
- edad;
- beneficiarios;
- monto ofrecido;
- preferencia sobre administración de los recursos;
- posibilidad futura de contratar una renta;
- protección de sobrevivencia;
- situación financiera individual.
No elijas únicamente porque otra persona pensionada te dijo cuál modalidad tomó.
Errores que debes evitar
- Creer que el primer pago será idéntico toda la vida.
- Pensar que Retiro Programado significa retirar toda la Afore.
- Confundirlo con una negativa de pensión.
- No revisar beneficiarios.
- No contratar el Seguro de Sobrevivencia cuando corresponda.
- Usar 1,000 semanas como requisito inmediato durante 2026.
- No revisar el estado de cuenta antes de pensionarte.
- Creer que cualquier Retiro Programado termina sin protección al agotarse el saldo.
- Confundir Pensión Garantizada con Retiro Programado ordinario.
- Firmar sin preguntar cómo se recalculará la mensualidad.
Retiro Programado IMSS 2026: pasos antes de elegir
- Confirma tu régimen pensionario.
- Comprueba tus semanas.
- Revisa tu Cuenta Individual.
- Corrige datos entre IMSS y Afore.
- Actualiza a tus beneficiarios.
- Inicia tu trámite pensionario.
- Revisa la proyección.
- Comprueba la resolución.
- Pregunta si eres candidato a Pensión Garantizada.
- Compara Retiro Programado y Renta Vitalicia.
- Pregunta cuánto recibirías inicialmente.
- Pregunta cuándo se recalculará.
- Revisa el Seguro de Sobrevivencia.
- Conserva toda la documentación.
Retiro Programado IMSS 2026: lo más importante
El Retiro Programado IMSS 2026 es una modalidad de Ley 97 en la que todo o parte de los recursos pensionarios permanecen administrados por una Afore y se utilizan para pagar periódicamente la pensión.
La cantidad mensual se recalcula cada año. La Ley establece que se obtiene una anualidad utilizando el saldo de la Cuenta Individual y el capital necesario para financiar una unidad de renta; la mensualidad equivale a una doceava parte de esa anualidad.
Para Cesantía o Vejez bajo Ley 97, durante 2026 se requieren 875 semanas cotizadas, además de edad y demás requisitos.
La modalidad no es lo mismo que una Renta Vitalicia. En ésta paga una aseguradora durante la vida del pensionado; en Retiro Programado los recursos permanecen administrados por la Afore.
Quien elige Retiro Programado puede posteriormente contratar una Renta Vitalicia si reúne las condiciones legales necesarias.
Si tu Cuenta Individual es insuficiente pero cumples los requisitos para una Pensión Garantizada, existe una protección distinta mediante la cual el Gobierno Federal aporta los recursos complementarios y continúa el pago cuando se agotan los recursos utilizados por la Afore, conforme a la Ley.



