Chihuahua, Chih.— Un juez de Control habría autorizado una orden de aprehensión contra César Gustavo Jáuregui Moreno, exfiscal general del estado de Chihuahua, por su probable participación en los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, presuntamente cometidos durante su desempeño como funcionario.
De acuerdo con la información proporcionada sobre el caso, la resolución judicial está contenida en la causa penal 3055/2026, luego de que el Ministerio Público presentara elementos de investigación para sustentar la solicitud del mandamiento judicial.
La orden instruiría a los agentes investigadores a localizar y detener al exfuncionario para ponerlo a disposición de la autoridad judicial, que deberá determinar los pasos siguientes del procedimiento.
Hasta el momento, la información disponible no precisa cuáles son los hechos concretos que sustentan cada una de las imputaciones, ni permite establecer si la orden ya fue ejecutada. Por ello, los señalamientos deben mantenerse en el terreno de las presuntas conductas delictivas y no como una declaración de culpabilidad.
¿De qué delitos acusan al exfiscal?
Los señalamientos contra Jáuregui Moreno corresponden a dos figuras contempladas en el Código Penal del Estado de Chihuahua: ejercicio ilegal del servicio público, previsto en el artículo 253, y coalición, tipificada en el artículo 260.
El artículo 253 establece distintos supuestos en los que puede configurarse el ejercicio ilegal del servicio público. Entre ellos se encuentran desempeñar funciones sin nombramiento legítimo, continuar en el cargo después de una suspensión o destitución, ejercerlo estando inhabilitado y realizar determinadas acciones indebidas con documentación o información bajo custodia del servidor público.
Las sanciones previstas varían según la conducta específica. Para los supuestos contemplados en las primeras tres fracciones, el artículo establece penas de uno a tres años de prisión y de 25 a 250 días multa; para las conductas previstas en las fracciones cuarta, quinta y sexta, contempla de dos a siete años de prisión y de 50 a 500 días multa.
Qué establece el delito de coalición
Por su parte, el artículo 260 del Código Penal estatal establece sanciones para los servidores públicos que se coaliguen con el propósito de impedir o suspender funciones legislativas, administrativas o jurisdiccionales, mediante medidas contrarias a una ley, reglamento o disposición general, impidan su aplicación o ejecución, o dimitan de sus puestos en los términos previstos por ese artículo.
La disposición contempla penas de dos a siete años de prisión y de 100 a 300 días multa. Asimismo, establece que no incurre en este delito el personal público que se coaligue en ejercicio de sus derechos constitucionales o que haga uso del derecho de huelga.
Para conocer el alcance de la acusación contra Jáuregui Moreno será necesario revisar los hechos específicos que el Ministerio Público atribuye al exfiscal y la manera en que pretende encuadrarlos en cada disposición legal.
Qué sigue en el procedimiento judicial
De acuerdo con la información proporcionada, una vez ejecutada la orden, los agentes deberán poner al exfuncionario a disposición de la autoridad judicial conforme al procedimiento aplicable.
En esa etapa, la defensa podrá conocer y controvertir las imputaciones, mientras que el Ministerio Público deberá exponer los datos de prueba que sustenten su acusación. Posteriormente, el juez resolverá si existen elementos para dictar un auto de vinculación a proceso, sin que ello implique por sí mismo una declaración definitiva de culpabilidad.
La situación jurídica de Jáuregui Moreno dependerá de las actuaciones judiciales y de las resoluciones que se emitan durante el procedimiento.
Pionero Noticias dará seguimiento al caso conforme se conozcan documentos judiciales y posicionamientos oficiales que permitan precisar los hechos investigados, el alcance de las imputaciones y el estado procesal del exfiscal.



