La pensión de ascendientes IMSS 2026 puede ser solicitada por el padre y la madre de una persona asegurada o pensionada fallecida cuando dependían económicamente de ella. Para recibirla, no deben existir cónyuge, concubina, concubinario, persona en unión civil o hijos con derecho preferente a una pensión.
Cuando la persona fallecida era trabajadora asegurada, normalmente debe tener al menos 150 semanas cotizadas y encontrarse vigente o dentro de su periodo de conservación de derechos. Si la muerte ocurrió como consecuencia de un riesgo de trabajo, no se exige ese mínimo, pero el Instituto debe emitir el dictamen correspondiente.
Pensión de ascendientes IMSS 2026: ¿quién puede solicitarla?
Esta pensión está dirigida a:
- La madre de la persona asegurada o pensionada fallecida.
- El padre de la persona asegurada o pensionada fallecida.
- Ambos padres, cuando los dos acrediten la dependencia económica.
El IMSS puede otorgarla a cada uno de los padres por separado. Sin embargo, no basta con demostrar el parentesco. También debe comprobarse que dependían económicamente del hijo o hija antes de su fallecimiento.
El trámite oficial se identifica con la homoclave IMSS-01-005 y puede consultarse en la Solicitud de Pensión de Ascendientes del IMSS.
¿Cuándo tienen derecho los padres?
Para que los padres puedan recibir la pensión deben cumplirse las siguientes condiciones:
- Acreditar que la persona fallecida era su hijo o hija.
- Demostrar que dependían económicamente de esa persona.
- Que no exista cónyuge con derecho a la pensión.
- Que no exista concubina o concubinario con derecho.
- Que no exista una persona en unión civil con derecho.
- Que no existan hijos con derecho a pensión por orfandad.
- Cumplir las semanas cotizadas y vigencia cuando corresponda.
La pensión de ascendientes es una prestación posterior en el orden de beneficiarios. Esto significa que los padres no desplazan a la esposa, esposo, pareja o hijos que tengan derecho legal a recibir una pensión.
¿Cuántas semanas debe tener el hijo fallecido?
Cuando la muerte ocurrió por una causa distinta a un riesgo de trabajo, la persona asegurada debe haber acumulado al menos 150 semanas de cotización.
También debe encontrarse:
- Vigente en sus derechos al momento de morir.
- Dentro del periodo de conservación de derechos.
- O disfrutando una pensión reconocida por el Instituto.
Para conocer el historial reconocido, la familia puede revisar la guía sobre las semanas cotizadas IMSS 2026.
Si aparecen periodos faltantes, dos números de seguridad social o datos incorrectos, debe solicitarse una aclaración antes o durante la integración del expediente.
¿Qué pasa si el fallecimiento fue por riesgo de trabajo?
Cuando el fallecimiento deriva de un accidente o enfermedad laboral, no se exige el mínimo de 150 semanas cotizadas.
Sin embargo, el IMSS debe reconocer formalmente que la muerte estuvo relacionada con el trabajo. Para ello se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los servicios médicos institucionales.
La familia debe conservar:
- Acta de defunción.
- Certificados médicos.
- Avisos relacionados con el accidente.
- Reportes del patrón, cuando existan.
- Documentos del área de Salud en el Trabajo.
- Dictamen ST-3.
No basta con afirmar que el fallecimiento ocurrió durante la jornada. La causa debe ser calificada por el Instituto.
¿Cuánto paga la pensión de ascendientes?
La Ley del Seguro Social establece que cada padre con derecho puede recibir una cantidad equivalente al 20% de la pensión de invalidez que recibía la persona fallecida o de la que le habría correspondido.
| Beneficiario | Porcentaje |
|---|---|
| Madre con derecho | 20% de la pensión utilizada como base |
| Padre con derecho | 20% de la pensión utilizada como base |
| Ambos padres con derecho | 20% para cada uno |
Esto no significa que cada padre recibirá el 20% del último salario del hijo. La base es la pensión que el asegurado o pensionado recibía o habría recibido conforme al régimen correspondiente.
Cuando la muerte fue consecuencia de un riesgo de trabajo, cada ascendiente puede recibir el 20% de la pensión que habría correspondido por incapacidad permanente total.
¿Cómo se demuestra la dependencia económica?
Este es uno de los requisitos más importantes. El IMSS solicita una resolución judicial ejecutoriada que acredite que el padre o la madre dependían económicamente de la persona fallecida.
No es suficiente presentar transferencias aisladas, recibos o declaraciones de familiares como único documento. Esas pruebas pueden utilizarse dentro del procedimiento judicial, pero el Instituto pide la resolución emitida por la autoridad competente.
Para tramitarla pueden ser útiles documentos como:
- Comprobantes de transferencias periódicas.
- Recibos de renta, alimentos o servicios pagados por el hijo.
- Comprobantes de gastos médicos.
- Estados de cuenta.
- Testimonios.
- Documentos que demuestren que vivían en el mismo domicilio.
- Pruebas de que los padres no tenían ingresos suficientes.
La valoración y los requisitos del procedimiento judicial dependen del caso y de la legislación aplicable en cada entidad.
¿Puede cobrarla solamente uno de los padres?
Sí. Si solamente la madre o el padre dependía económicamente del hijo fallecido y logra acreditarlo, esa persona puede solicitar la pensión.
También puede ocurrir que ambos padres presenten solicitudes, pero cada uno debe cumplir los requisitos y acreditar su propia dependencia económica.
El hecho de que uno obtenga la pensión no significa automáticamente que el otro también tenga derecho.
¿Qué documentos se necesitan de la persona fallecida?
El IMSS publica, de manera general, los siguientes documentos:
- Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
- Copia certificada del acta de defunción.
- CURP.
- Número de Seguridad Social.
- Estado de cuenta, contrato o impresión de la Afore, cuando cotizó desde el 1 de julio de 1997.
- Dictamen ST-3 si la muerte fue por riesgo de trabajo.
El estado de cuenta de la Afore debe tener una antigüedad no mayor a seis meses respecto de la fecha en que se presenta la solicitud.
¿Qué documentos debe presentar el padre o la madre?
Cada persona solicitante debe preparar:
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- CURP.
- Comprobante de domicilio reciente.
- Copia certificada de su acta de nacimiento.
- Documento bancario con número de cuenta y CLABE a su nombre.
- Resolución judicial ejecutoriada que acredite la dependencia económica.
- RFC o constancia de situación fiscal, cuando sea solicitada.
La cuenta bancaria debe pertenecer a la persona que tiene derecho a recibir la pensión. El IMSS señala que el dinero no debe depositarse en una cuenta de un tercero, incluso cuando exista un representante legal.
¿Cómo se acredita que la persona fallecida era su hijo?
El vínculo filial se demuestra principalmente mediante el acta de nacimiento, adopción o reconocimiento de la persona fallecida.
En el documento deben aparecer correctamente los nombres del padre y de la madre. Si existen diferencias de apellidos, fechas, letras o identidad entre las actas y las identificaciones, el expediente puede detenerse hasta que se realice la aclaración.
Cuando haya errores, consulta la guía sobre cómo corregir un acta de nacimiento y la información para la corrección de datos IMSS 2026.
¿Qué pasa si el hijo estaba casado, pero su pareja no solicita pensión?
La falta de solicitud de la esposa, esposo o pareja no significa automáticamente que los padres obtengan el derecho.
El Instituto debe revisar si existen beneficiarios con derecho preferente. Si la pareja o los hijos reúnen los requisitos legales, los ascendientes no pueden sustituirlos únicamente porque todavía no hayan presentado el trámite.
Los padres deben solicitar que el IMSS determine formalmente si existe otra persona con mejor derecho.
¿Qué pasa si hay hijos mayores de edad?
No todos los hijos adultos conservan automáticamente el derecho a una pensión por orfandad.
Un hijo puede tener derecho cuando:
- Es menor de 16 años.
- Tiene entre 16 y 25 años y continúa estudiando bajo las condiciones aplicables.
- No puede mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad o discapacidad dictaminada.
Si los hijos son mayores de edad y no se encuentran en alguno de esos supuestos, los padres pueden consultar si cumplen las condiciones para solicitar la pensión de ascendientes.
Revisa la guía sobre la pensión por orfandad IMSS 2026 para conocer quiénes pueden conservar ese derecho.
¿Dónde se presenta la solicitud?
El trámite se presenta en la ventanilla de Control de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que corresponda al domicilio de la persona solicitante.
El horario general publicado por el Instituto es:
- Lunes a viernes: de 8:00 de la mañana a 3:00 de la tarde.
- Atención: en días hábiles para el IMSS.
Algunas unidades pueden manejar horarios ampliados. Antes de acudir, confirma directamente:
- Si necesitas cita.
- Cuántas copias debes presentar.
- Qué antigüedad deben tener los documentos.
- Si el expediente requiere información adicional de la Afore.
- Cómo debe estar redactada la resolución de dependencia económica.
El Centro de Contacto IMSS atiende en el teléfono 800 623 2323, opción 3 para pensionados.
¿Puede realizarse completamente por internet?
No debe considerarse un trámite completamente digital. Aunque algunos documentos y consultas se obtienen por internet, el Instituto necesita revisar el parentesco, la dependencia económica, las semanas cotizadas, las actas y la cuenta bancaria.
La solicitud puede presentarse mediante un apoderado o representante legal, pero la cuenta donde se depositará la pensión debe estar a nombre del padre o la madre beneficiaria.
El trámite es gratuito. No entregues actas, identificaciones o datos bancarios a personas que prometan liberar la pensión únicamente por WhatsApp.
¿Importa si la persona fallecida pertenecía a Ley 73 o Ley 97?
Sí. El régimen puede modificar la forma en que se determina y financia la prestación.
En casos de Ley 97 pueden intervenir:
- La cuenta individual.
- La Afore.
- El seguro de sobrevivencia.
- La aseguradora que pagará la renta correspondiente.
Para entender las diferencias generales, consulta la guía sobre la pensión IMSS Ley 73 vs Ley 97 2026.
¿Qué hacer si el IMSS rechaza la solicitud?
Solicita una resolución por escrito. La negativa puede estar relacionada con:
- Existencia de cónyuge, pareja o hijos con mejor derecho.
- Dependencia económica no acreditada.
- Parentesco no comprobado.
- Falta de semanas cotizadas.
- Ausencia de vigencia o conservación de derechos.
- Actas con errores.
- Documentación bancaria incorrecta.
- Riesgo de trabajo no reconocido.
- Expediente incompleto.
La resolución permitirá conocer si debe corregirse un documento, presentar una aclaración o buscar orientación jurídica especializada.
Recomendaciones antes de iniciar el trámite
- Confirma que no existan beneficiarios con mejor derecho.
- Obtén las actas certificadas.
- Revisa el NSS y las semanas cotizadas.
- Solicita el estado de cuenta de la Afore.
- Tramita la resolución judicial de dependencia económica.
- Abre o utiliza una cuenta bancaria propia.
- Verifica que nombre, CURP y RFC coincidan.
- Conserva copias y folios.
- No pagues a gestores por presentar la solicitud.
- Pide cualquier negativa por escrito.
La pensión de ascendientes IMSS 2026 puede proteger económicamente al padre y la madre de una persona asegurada o pensionada fallecida, pero únicamente cuando dependían de ella y no existen pareja o hijos con derecho preferente.
El requisito más delicado es demostrar la dependencia económica mediante una resolución judicial. Preparar con anticipación las actas, semanas cotizadas, documentos bancarios y pruebas de apoyo económico ayuda a evitar que el expediente sea rechazado o quede detenido.



