El retiro de recursos por beneficiarios ISSSTE 2026 permite que las personas reconocidas legalmente o designadas por el titular reclamen el dinero de la Cuenta Individual que pueda entregarse después de su fallecimiento.
El trámite no significa que todo el saldo de la Afore se reparta automáticamente. Primero debe determinarse si existen familiares con derecho a una pensión por viudez, orfandad o ascendencia y qué recursos serán utilizados para financiar esa prestación.
Los saldos que no se utilicen para pagar una pensión o que no tengan otro destino legal pueden entregarse a los beneficiarios correspondientes mediante PENSIONISSSTE o la Afore que administre la cuenta.
Retiro de recursos por beneficiarios ISSSTE 2026: ¿quién puede solicitarlo?
El trámite puede ser presentado por:
- Beneficiarios legales.
- Beneficiarios sustitutos designados por el titular.
- Tutores de beneficiarios menores de edad.
- Representantes legales debidamente acreditados.
La ficha oficial del ISSSTE señala que el retiro puede ser solicitado por uno o varios beneficiarios o por el tutor correspondiente. Los requisitos institucionales pueden consultarse en el trámite de retiro total de recursos por beneficiarios en el ISSSTE.
¿Qué diferencia hay entre beneficiarios legales y sustitutos?
Los beneficiarios legales son las personas que pueden tener derecho a prestaciones derivadas del fallecimiento del trabajador conforme a la Ley del ISSSTE.
Pueden ser:
- Esposa o esposo.
- Concubina o concubinario.
- Persona sobreviviente de una unión civil.
- Hijos menores de edad.
- Hijos estudiantes dentro del límite legal.
- Hijos con discapacidad.
- Padres u otros ascendientes, cuando proceda.
Los beneficiarios sustitutos son las personas que el titular registró directamente en la Afore para recibir los recursos que no correspondan a beneficiarios legales o que puedan entregarse conforme a esa designación.
Consulta nuestra guía sobre los beneficiarios PENSIONISSSTE 2026.
¿El beneficiario recibe todo el dinero de la Afore?
No necesariamente.
La Cuenta Individual puede contener recursos con distintos destinos:
- Dinero utilizado para financiar una pensión.
- Seguro de Sobrevivencia.
- Aportaciones obligatorias.
- Ahorro Solidario.
- Aportaciones voluntarias.
- SAR ISSSTE 92.
- SAR FOVISSSTE 92.
- Recursos de vivienda.
La Afore debe identificar qué parte se utilizará para pagar una pensión y qué parte puede entregarse en una sola exhibición.
¿Qué ocurre si existe derecho a una pensión?
Cuando el trabajador fallecido generó el derecho a una pensión, los familiares deben solicitar primero la concesión correspondiente ante el ISSSTE.
Puede tratarse de:
- Pensión por viudez.
- Pensión por orfandad.
- Pensión de ascendientes.
Una vez emitida la concesión, PENSIONISSSTE determina cuáles recursos deben utilizarse para financiarla y cuáles pueden devolverse a los beneficiarios.
Consulta nuestras guías sobre la pensión por viudez ISSSTE 2026, la pensión por orfandad ISSSTE 2026 y la pensión de ascendientes ISSSTE 2026.
¿Qué pasa si no existe derecho a pensión?
Cuando no existen familiares que cumplan los requisitos pensionarios, los recursos entregables pueden corresponder a los beneficiarios sustitutos registrados por el titular.
Si no existen beneficiarios registrados, puede ser necesario presentar:
- Resolución de una autoridad competente.
- Laudo que reconozca a los beneficiarios.
- Documento sucesorio.
- Resolución judicial.
La Afore debe informar qué documento procede según las circunstancias del caso y el tipo de saldo reclamado.
Documentos para cobrar la Afore de una persona fallecida
La ficha del ISSSTE solicita generalmente:
- Solicitud de Expediente de Identificación de los beneficiarios.
- Solicitud de Servicio proporcionada por PENSIONISSSTE.
- Acta de defunción original o copia certificada.
- Identificación oficial vigente del titular fallecido.
- Identificación oficial vigente de cada beneficiario.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- Resolución o concesión de pensión.
- Laudo judicial o designación de beneficiarios sustitutos, cuando corresponda.
- Estado de cuenta bancario de cada beneficiario.
- CLABE de 18 dígitos.
- Resumen de saldos o comprobante de la Cuenta Individual.
- Comprobante de años de servicio del trabajador.
Los documentos deben presentarse sin tachaduras, enmendaduras ni datos ilegibles.
¿Qué documentos acreditan el parentesco?
Dependiendo del beneficiario, pueden solicitarse:
- Acta de matrimonio.
- Acta de nacimiento.
- Documento que acredite concubinato.
- Resolución de unión civil.
- Dictamen de discapacidad.
- Constancia de estudios.
- Resolución judicial.
El nombre, la CURP y las fechas deben coincidir con las identificaciones y los registros del ISSSTE.
¿Qué necesita la viuda o el viudo?
La persona cónyuge puede requerir:
- Acta de matrimonio certificada.
- Identificación oficial.
- CURP.
- Acta de defunción.
- Concesión de pensión por viudez.
- Cuenta bancaria propia.
Si existía divorcio o una modificación del estado civil, el ISSSTE revisará la situación legal vigente al momento del fallecimiento.
¿Qué necesita una concubina o concubinario?
La persona deberá demostrar la relación conforme a las reglas aplicables.
Puede requerirse:
- Resolución judicial de concubinato.
- Constancia emitida por autoridad competente.
- Documentos de domicilio común.
- Actas de nacimiento de hijos en común.
La Afore no debe reconocer el concubinato únicamente con una declaración verbal.
¿Qué necesitan los hijos?
Los hijos pueden presentar:
- Acta de nacimiento.
- CURP.
- Identificación oficial cuando sean mayores de edad.
- Constancia de estudios cuando corresponda.
- Dictamen médico si existe discapacidad.
Cuando el beneficiario es menor, el trámite debe realizarlo quien ejerza la patria potestad o tutela.
¿Qué necesitan los padres?
Los ascendientes pueden necesitar:
- Acta de nacimiento del trabajador fallecido.
- Identificación oficial.
- CURP.
- Documentos de dependencia económica.
- Concesión de pensión de ascendientes, cuando proceda.
El derecho de los padres generalmente se analiza cuando no existen cónyuge, concubina, concubinario o hijos con mejor derecho.
¿Qué cuenta bancaria debe presentarse?
Cada beneficiario debe presentar un estado de cuenta bancario a su propio nombre.
El documento debe contener:
- Nombre completo.
- Nombre del banco.
- CLABE de 18 dígitos.
- Fecha reciente.
No utilices la cuenta bancaria de otro beneficiario, un gestor o un familiar que no participa en el trámite.
¿Cómo realizar el trámite paso a paso?
- Obtén el acta de defunción certificada.
- Localiza la Afore que administraba la cuenta.
- Solicita al ISSSTE la pensión derivada, cuando corresponda.
- Reúne identificaciones y documentos de parentesco.
- Obtén una cuenta bancaria para cada beneficiario.
- Acude a PENSIONISSSTE o a la Afore.
- Integra el Expediente de Identificación de los beneficiarios.
- Entrega la documentación.
- Firma la solicitud de disposición.
- Guarda el folio.
- Espera la certificación y el depósito.
¿Dónde se solicita?
El trámite se presenta en un Centro de Atención al Público de PENSIONISSSTE o en la Afore que administraba la Cuenta Individual del trabajador.
Los canales de orientación de PENSIONISSSTE son:
- 55 5062 0555.
- 800 400 1000.
- 800 400 2000.
- Correo: atencion@pensionissste.gob.mx.
- Correo: atencioncomercial@pensionissste.gob.mx.
Confirma el horario vigente y la documentación antes de acudir.
¿Es necesario sacar cita?
No es obligatorio programar una cita para recibir atención.
Sin embargo, agendarla puede reducir el tiempo de espera y permite confirmar previamente si el expediente está completo.
¿Cuánto tarda el retiro de recursos?
La ficha específica del ISSSTE para beneficiarios publica un plazo de entre uno y cinco días hábiles, sujeto a la certificación de las instituciones participantes.
La ficha general de disposición total de recursos de la CONSAR contempla un plazo más amplio, de seis a 45 días hábiles, dependiendo del régimen, la certificación y la complejidad del caso.
Por eso, al entregar los documentos pregunta:
- Qué plazo aplicará.
- Desde qué día comenzará a contarse.
- Qué institución debe certificar el saldo.
- Cómo recibirás la resolución.
¿Por qué puede retrasarse?
El trámite puede tardar más cuando:
- Existen varios beneficiarios.
- Falta una concesión de pensión.
- Los nombres no coinciden.
- La CURP contiene errores.
- Existen dos Cuentas Individuales.
- Hay recursos en otra Afore.
- Falta acreditar el concubinato.
- Existe una controversia entre familiares.
- La cuenta bancaria está a nombre de otra persona.
¿El trámite tiene costo?
No. La solicitud y disposición administrativa de los recursos son gratuitas.
No pagues a personas que prometan:
- Acelerar la certificación.
- Eliminar a otro beneficiario.
- Modificar porcentajes después del fallecimiento.
- Liberar el ahorro mediante un depósito.
- Conseguir una pensión sin cumplir requisitos.
¿Cómo se reparten los recursos?
La distribución depende de:
- Beneficiarios legales reconocidos.
- Designación registrada por el titular.
- Porcentajes asignados.
- Concesión de pensión.
- Resolución judicial.
- Tipo de subcuenta.
No todas las cantidades se reparten necesariamente en partes iguales.
¿Qué pasa con las aportaciones voluntarias?
Las aportaciones voluntarias que no se utilizaron para financiar una pensión pueden entregarse a los beneficiarios reconocidos conforme a la designación y la documentación presentada.
Consulta nuestra guía sobre las aportaciones voluntarias PENSIONISSSTE 2026.
¿Qué pasa con el SAR ISSSTE 92?
Si el trabajador cotizó entre 1992 y 2007, pueden existir saldos de SAR ISSSTE 92 o SAR FOVISSSTE 92.
Antes del retiro puede ser necesario localizar y unificar cuentas bancarias antiguas.
Consulta nuestra guía sobre el SAR ISSSTE 92 en 2026.
¿Qué pasa si hay dos cuentas?
Los beneficiarios deben solicitar la unificación antes de recibir todos los recursos.
Consulta nuestra guía sobre la unificación de cuentas PENSIONISSSTE 2026.
¿Qué pasa si aparecen recursos de otra persona?
No deben retirarse.
Puede ser necesario tramitar una separación de cuentas para identificar qué aportaciones pertenecían realmente al trabajador fallecido.
Consulta nuestra guía sobre la separación de cuentas PENSIONISSSTE 2026.
¿Qué deben revisar los beneficiarios antes de firmar?
Soliciten un desglose que muestre:
- Saldo total de la Cuenta Individual.
- Recursos utilizados para una pensión.
- Recursos entregables.
- Aportaciones voluntarias.
- SAR ISSSTE 92.
- SAR FOVISSSTE 92.
- Porcentaje correspondiente a cada beneficiario.
- Retenciones fiscales, cuando existan.
No firmen solicitudes en blanco ni acepten únicamente explicaciones verbales.
Errores que debes evitar
- Creer que todo el saldo se entrega automáticamente.
- No tramitar primero la pensión derivada.
- No acreditar el parentesco.
- Utilizar la cuenta bancaria de otra persona.
- No revisar beneficiarios registrados.
- No localizar otras Afores.
- No unificar cuentas.
- No guardar el folio.
- Firmar sin conocer el reparto.
- Pagar a gestores.
Pasos rápidos para cobrar los recursos
- Obtén el acta de defunción.
- Localiza la Afore.
- Confirma quiénes son los beneficiarios.
- Solicita la pensión derivada si procede.
- Reúne documentos de parentesco.
- Prepara cuentas bancarias propias.
- Acude a PENSIONISSSTE.
- Firma la solicitud.
- Guarda el folio.
- Revisa el depósito y el desglose final.
El retiro de recursos por beneficiarios ISSSTE 2026 permite reclamar los saldos entregables de la Cuenta Individual de un trabajador fallecido.
Antes de recibir el dinero deben identificarse los beneficiarios legales o sustitutos, comprobar el parentesco, determinar si existe una pensión derivada y separar los recursos que deben utilizarse para financiarla.



