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IMSS para personas trabajadoras del hogar 2026: cómo registrarlas, cuánto pagar y qué cubre

El IMSS para personas trabajadoras del hogar 2026 es obligatorio cuando existe una relación laboral de trabajo del hogar. La responsabilidad principal de hacer el registro corresponde a la persona empleadora y debe realizarse desde el inicio de la relación laboral.

Esto aplica incluso cuando la persona trabajadora del hogar no trabaja todos los días de la semana. El IMSS permite registrar los días efectivamente laborados y calcula las cuotas con base en el salario y el tiempo reportado.

Si una trabajadora presta servicios en varias casas, cada empleador debe realizar su propio registro y pagar la parte que le corresponda. No es necesario que los distintos empleadores se pongan de acuerdo entre ellos para hacer el trámite.

Te puede interesar: si en realidad trabajas por cuenta propia y no existe un empleador, consulta nuestra guía sobre IMSS para trabajadores independientes 2026.

Table of Contents

IMSS para personas trabajadoras del hogar 2026: ¿es obligatorio registrarlas?

Sí.

El IMSS señala que las personas trabajadoras del hogar son sujetas de aseguramiento dentro del Régimen Obligatorio.

La persona empleadora debe registrarlas desde el primer día en que comienza la relación laboral.

No importa que el trabajo se realice:

  • Todos los días.
  • Dos o tres días por semana.
  • Un solo día por semana.
  • Menos de ocho horas al día.

Si existe una relación laboral de trabajo del hogar, debe revisarse el aseguramiento correspondiente.

Puedes consultar la información oficial en Personas Trabajadoras del Hogar del IMSS.

¿Quién debe hacer el registro ante el IMSS?

La obligación corresponde a la persona empleadora.

El IMSS establece que cada empleador debe realizar de manera individual:

  • El registro.
  • El cálculo de las cuotas.
  • La generación de las líneas de captura.
  • El pago que le corresponde.

No debe dejarse toda la responsabilidad a la persona trabajadora.

¿Qué pasa si trabaja en varias casas?

Cada empleador debe registrarla por separado.

Por ejemplo, si una persona trabaja:

  • Lunes con una familia.
  • Martes y jueves con otra.
  • Viernes en un tercer domicilio.

cada persona empleadora debe reportar los días y salario correspondientes a su propia relación laboral.

El IMSS señala expresamente que los empleadores no tienen que ponerse de acuerdo entre ellos para hacer el registro. Cada uno cumple individualmente con su obligación.

¿Tengo que registrarla si sólo viene una vez por semana?

Sí, cuando existe una relación laboral de trabajo del hogar.

El portal permite registrar únicamente los días que la persona realmente trabaja.

No es necesario que labore cinco o seis días por semana para tener derecho al aseguramiento.

¿Y si sólo trabaja cuatro horas?

También puede registrarse.

El IMSS aclara que una persona trabajadora del hogar puede ser asegurada aunque trabaje menos de ocho horas en un día.

El cálculo toma en cuenta los días laborados y el salario correspondiente.

¿Quién se considera persona trabajadora del hogar?

La Ley Federal del Trabajo contempla como personas trabajadoras del hogar a quienes realizan de manera remunerada actividades de cuidados, aseo, asistencia u otras actividades propias del hogar dentro de una relación laboral.

Pueden incluirse actividades como:

  • Limpieza.
  • Cocina.
  • Lavado y planchado.
  • Cuidado de niñas y niños.
  • Cuidado de personas mayores.
  • Otras labores domésticas.

La situación debe analizarse según la relación real entre las partes.

¿Una persona que limpia ocasionalmente también entra?

No necesariamente.

El artículo 332 de la Ley Federal del Trabajo establece que no se considera persona trabajadora del hogar a quien realiza estas actividades únicamente de forma ocasional o esporádica.

También quedan fuera de esta categoría quienes realizan labores similares en establecimientos comerciales como hoteles, restaurantes, hospitales, colegios u otros negocios.

No basta con llamar a alguien “trabajadora del hogar”; importa la naturaleza real de la relación.

¿Cómo registrar a una trabajadora del hogar en el IMSS?

El trámite puede iniciarse por internet.

  1. Entra al portal de Personas Trabajadoras del Hogar.
  2. Captura la CURP de la persona empleadora.
  3. Proporciona un correo electrónico.
  4. Registra los datos de contacto y domicilio del empleador.
  5. Captura el NSS de la persona trabajadora.
  6. Registra su CURP y domicilio.
  7. Indica si trabaja por mes completo o por determinados días.
  8. Captura el salario correspondiente.
  9. Revisa cuidadosamente los datos.
  10. Genera el formato de incorporación.
  11. Descarga la línea o líneas de captura.
  12. Realiza el pago correspondiente.

Puedes iniciar el procedimiento directamente en Incorporación de Personas Trabajadoras del Hogar.

¿Qué datos necesita la persona empleadora?

El formulario actual solicita:

  • CURP.
  • Correo electrónico personal.
  • Teléfono celular.
  • Domicilio.

Utiliza datos reales y revisa el correo antes de continuar porque será importante para recibir líneas de pago y comunicaciones posteriores.

¿Qué datos necesito de la persona trabajadora?

El sistema solicita actualmente:

  • CURP.
  • Número de Seguridad Social.
  • Domicilio.
  • Salario.
  • Días trabajados.
  • Correo electrónico, de manera opcional en determinados campos.

Si la persona todavía no tiene NSS, puede obtenerlo mediante los servicios digitales del IMSS.

Consulta nuestra guía sobre cómo obtener el Número de Seguridad Social IMSS 2026.

¿Cuánto cuesta asegurar a una trabajadora del hogar?

No existe una tarifa única para todos los hogares.

El sistema calcula el importe con base en:

  • Salario reportado.
  • Días trabajados.
  • Periodo seleccionado.
  • Cuota de la persona trabajadora.
  • Cuota de la persona empleadora.
  • Aportación al Infonavit.

Por eso no es correcto decir que asegurar a cualquier persona cuesta siempre una cantidad fija.

Utiliza la calculadora oficial de cuotas para Personas Trabajadoras del Hogar.

¿El salario debe registrarse completo?

El IMSS señala que debe registrarse el salario real percibido, respetando los mínimos aplicables.

No conviene declarar un salario inferior al que realmente se paga únicamente para disminuir las cuotas.

El salario registrado influye en:

  • Cotizaciones.
  • Prestaciones económicas.
  • Incapacidades.
  • Ahorro para vivienda.
  • Futuras prestaciones relacionadas con seguridad social.

¿Quién paga la cuota del IMSS?

Existe una parte correspondiente a la persona empleadora y una parte obrera que corresponde a la persona trabajadora.

El IMSS calcula automáticamente ambas cantidades.

La persona empleadora debe retener, cuando proceda, la cuota obrera y enterarla junto con la cuota patronal.

No debe inventarse un importe distinto al que genere el sistema.

¿Cómo se paga?

Después de completar el registro se generan una o más líneas de captura.

El pago puede realizarse mediante:

  • Banca en línea de instituciones participantes.
  • Ventanilla de bancos autorizados utilizando la línea de captura.

Guarda todos los comprobantes.

¿Por qué me generó dos o tres líneas de captura?

Puede ser completamente normal al inicio de una relación laboral.

El sistema distingue entre:

  • El primer periodo de aseguramiento.
  • Los periodos posteriores que deben cubrirse por anticipado.

Por esa razón, dependiendo del día del mes en que comenzó la relación laboral, puede generar más de una línea de pago.

No elimines una pensando automáticamente que está duplicada.

¿Cuándo debe pagarse el primer mes?

El esquema vigente establece una característica especial para el inicio de la relación laboral.

El primer mes se cubre bajo un mecanismo de pago a periodo vencido conforme a la línea de captura generada.

A partir de los meses siguientes, el aseguramiento se cubre anticipadamente.

Utiliza siempre la fecha límite impresa en la línea de captura.

¿Se puede pagar varios meses por adelantado?

Sí.

El IMSS permite seleccionar periodos:

  • Mensuales.
  • Bimestrales.
  • Semestrales.
  • Anuales.

La opción depende de cómo se registre la relación y los días de trabajo.

¿La puedo asegurar únicamente por los días que trabaja?

Sí.

El sistema permite registrar los días específicos de trabajo.

En ese supuesto, la persona queda asegurada por los días reportados, salvo que la suma de las cuotas pagadas alcance las condiciones necesarias para extender la cobertura durante el mes completo.

El cálculo lo realiza el sistema del IMSS.

¿Puede tener cobertura durante todo el mes aunque trabaje pocos días?

Sí puede ocurrir.

El IMSS establece que, cuando la suma de las cuotas de uno o varios empleadores alcanza al menos el monto equivalente al salario base mínimo integrado mensual utilizado por el sistema, la cobertura puede extenderse por el mes completo.

Si no se alcanza ese importe, la cobertura corresponde a los días registrados.

No hagas el cálculo manual: revisa lo que determine el sistema.

¿Qué cubre el IMSS para personas trabajadoras del hogar?

Las personas trabajadoras del hogar tienen acceso a los cinco seguros del Régimen Obligatorio:

  • Enfermedades y Maternidad.
  • Riesgos de Trabajo.
  • Invalidez y Vida.
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
  • Guarderías y Prestaciones Sociales.

El IMSS informó en 2026 que este esquema también genera protección para los beneficiarios legales de las personas aseguradas.

¿Incluye consultas, medicinas y hospital?

Sí, conforme a las reglas del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

Puede incluir:

  • Consultas médicas.
  • Medicamentos.
  • Atención hospitalaria.
  • Atención quirúrgica.
  • Maternidad.

La persona trabajadora debe quedar correctamente registrada y con vigencia.

¿Incluye accidentes de trabajo?

Sí.

El Seguro de Riesgos de Trabajo forma parte del aseguramiento obligatorio.

Esto es importante porque las actividades del hogar pueden implicar accidentes como:

  • Caídas.
  • Quemaduras.
  • Cortes.
  • Lesiones durante labores domésticas.
  • Otros accidentes relacionados con el trabajo.

La calificación concreta del accidente corresponde al IMSS.

¿Genera semanas cotizadas para pensión?

Sí.

El esquema incluye Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Las cotizaciones se incorporan al historial del trabajador conforme a las reglas del Seguro Social.

La persona puede revisar su historial mediante el reporte oficial.

Consulta nuestra guía sobre semanas cotizadas IMSS 2026.

¿Incluye a la familia?

Sí.

El aseguramiento permite proteger también a beneficiarios legales cuando cumplen los requisitos correspondientes.

Entre ellos pueden encontrarse:

  • Esposa o esposo.
  • Concubina o concubinario.
  • Hijas e hijos.
  • Padre y madre en los supuestos legales aplicables.

Después de quedar vigente, deben realizarse los registros de beneficiarios necesarios.

¿Los hijos pueden usar el IMSS?

Sí, cuando se encuentran correctamente registrados como beneficiarios.

Para hijos mayores de 16 años que continúan estudiando existen reglas específicas para mantener la cobertura.

Consulta nuestra guía sobre prórroga por estudios IMSS 2026.

¿También genera Infonavit?

Sí.

El registro de Personas Trabajadoras del Hogar está actualmente vinculado con Infonavit.

Cuando la persona empleadora realiza el registro ante el IMSS también se genera la incorporación correspondiente al esquema de vivienda.

Las aportaciones se pagan junto con las cuotas dentro del formato generado.

¿Cuánto debe pagar el empleador al Infonavit?

El IMSS informa que el empleador debe aportar al Infonavit el equivalente al 5% del salario con el que está registrada la persona trabajadora.

Esta aportación:

  • Es obligación del empleador.
  • No debe descontarse del salario de la trabajadora.
  • Se acumula en la Subcuenta de Vivienda.

Puedes consultar esta información en las preguntas frecuentes oficiales del IMSS para Personas Trabajadoras del Hogar.

¿Puedo descontarle el Infonavit a la trabajadora?

No la aportación patronal del 5%.

El IMSS señala expresamente que esa aportación es responsabilidad de la persona empleadora y que no debe descontarse a la persona trabajadora.

Si además existe un crédito Infonavit, pueden existir reglas específicas de amortización que deben revisarse por separado.

¿Puede obtener crédito Infonavit?

El registro y las aportaciones permiten que se genere ahorro dentro de la Subcuenta de Vivienda.

Ese ahorro puede contribuir posteriormente al acceso a productos y servicios de Infonavit conforme a sus reglas.

No significa que la primera aportación genere automáticamente un crédito.

¿Debe pagar la trabajadora directamente su Infonavit?

No la aportación patronal ordinaria.

El empleador debe enterar el 5% correspondiente.

La persona trabajadora sí puede realizar aportaciones extraordinarias voluntarias a su Subcuenta de Vivienda si desea aumentar su ahorro.

¿La trabajadora tiene derecho a incapacidad?

Puede tener acceso a las prestaciones económicas correspondientes cuando cumple los requisitos legales.

El hecho de estar inscrita permite acceder al Seguro de Enfermedades y Maternidad y al Seguro de Riesgos de Trabajo.

Si recibe un certificado de incapacidad y necesita saber cómo se paga, consulta nuestra guía sobre pago de incapacidad IMSS 2026.

¿Tiene derecho a guardería?

Sí.

Guarderías y Prestaciones Sociales forma parte de los cinco seguros incluidos.

El uso del servicio está sujeto a los requisitos y disponibilidad establecidos por el Instituto.

¿Tiene derecho a pensión?

El aseguramiento genera cotizaciones en Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Esto puede ayudar a cumplir los requisitos de una futura pensión.

Sin embargo, obtener una pensión depende de:

  • Edad.
  • Régimen pensionario.
  • Semanas cotizadas.
  • Salarios registrados.
  • Otros requisitos legales.

¿Qué pasa si antes ya estaba en el IMSS?

Debe utilizar el mismo NSS.

No se genera un número nuevo únicamente por comenzar a trabajar en un hogar.

Las nuevas cotizaciones se incorporan al historial correspondiente.

¿Qué pasa si también trabaja en una empresa?

Puede existir más de un registro de aseguramiento.

La persona empleadora del hogar no debe omitir su obligación únicamente porque la trabajadora también tenga IMSS por otro empleo.

Cada relación laboral genera responsabilidades propias.

¿Qué pasa si trabaja en dos hogares y en una empresa?

Cada empleador registra y cubre las obligaciones correspondientes a su relación laboral.

El IMSS integra las cotizaciones conforme a sus reglas.

La existencia de otro patrón no elimina automáticamente la obligación del empleador doméstico.

¿Puedo decirle que se registre como trabajadora independiente?

No debe utilizarse el esquema de trabajadores independientes para sustituir una relación laboral real.

Si existe una persona empleadora y una persona trabajadora del hogar subordinada, corresponde el régimen específico de Personas Trabajadoras del Hogar.

El esquema que explicamos en nuestra guía de IMSS para trabajadores independientes 2026 está dirigido a personas que verdaderamente trabajan por cuenta propia.

¿Puedo pagarle más para que ella contrate su IMSS?

Entregarle una cantidad adicional de dinero no sustituye automáticamente la obligación legal del empleador.

La persona empleadora debe realizar el registro y las aportaciones correspondientes.

No traslades toda la responsabilidad a la trabajadora.

¿Qué pasa si la trabajadora no quiere IMSS?

El aseguramiento es obligatorio cuando se cumplen los supuestos legales.

No debe tratarse como una prestación opcional que pueda eliminarse mediante un acuerdo privado.

Una carta donde la persona diga que “renuncia al IMSS” no debe utilizarse para evitar obligaciones legales.

¿El trámite cuesta?

No.

El IMSS señala que el trámite de registro es gratuito.

Lo que debe cubrirse son las cuotas correspondientes al aseguramiento y las aportaciones legales.

No pagues honorarios a supuestos gestores únicamente para acceder al portal.

¿Necesito contador para hacer el registro?

No es obligatorio contar con un contador sólo para utilizar el procedimiento digital simplificado.

El portal está diseñado para que la propia persona empleadora pueda registrar a la trabajadora y generar las líneas de captura.

Si existen situaciones laborales, fiscales o jurídicas especiales, sí puede ser conveniente solicitar asesoría profesional.

¿Puedo registrar a más de una persona trabajadora?

Sí.

Una misma persona empleadora puede registrar a varias personas trabajadoras del hogar cuando realmente existan esas relaciones laborales.

Cada una debe contar con sus propios:

  • Datos.
  • NSS.
  • Salario.
  • Días de trabajo.
  • Cálculo de cuotas.

¿Qué pasa si cambia los días que trabaja?

Actualiza la información conforme a la relación laboral real.

No continúes reportando cinco días si ahora trabaja dos, ni dos días si en realidad ya trabaja todos los días.

El aseguramiento debe reflejar las condiciones reales.

¿Qué pasa si le aumento el sueldo?

Debe actualizarse el salario utilizado para las cotizaciones cuando corresponda.

Registrar el salario real es importante porque afecta prestaciones y aportaciones futuras.

No mantengas permanentemente un salario inferior después de un aumento.

¿Qué pasa si deja de trabajar conmigo?

La persona empleadora debe presentar el aviso de baja mediante los medios que disponga el Instituto.

El portal actual permite seleccionar a la persona trabajadora y realizar la baja de la relación laboral.

La inscripción termina, entre otros supuestos:

  • Cuando concluye la relación laboral.
  • Por falta de pago de cuotas.
  • Cuando termina el periodo cubierto.
  • Cuando se detecta una relación simulada.

¿Cómo darla de baja?

Entra nuevamente al sistema con los datos de la persona empleadora.

Localiza a la persona trabajadora registrada y utiliza la opción correspondiente para eliminar o dar por terminada esa relación laboral.

No utilices la baja si la persona continúa trabajando contigo.

¿Qué pasa si no pago las cuotas?

La falta de pago puede provocar que termine la cobertura correspondiente y además representa un incumplimiento de las obligaciones de seguridad social.

No esperes a que la trabajadora necesite atención médica para regularizar los pagos.

¿Qué hago si no me llegó la línea de captura?

El IMSS señala que, si no recibes la línea de pago por correo después de la fecha esperada, puedes volver a ingresar al micrositio con:

  • CURP de la persona empleadora.
  • Correo electrónico utilizado.

El sistema permite acceder nuevamente a la sección de líneas de pago y descargar el documento.

¿Cómo comprobar que la trabajadora ya tiene IMSS?

Después del registro y pago puede consultar su Vigencia de Derechos.

El trámite permite verificar:

  • Si aparece vigente.
  • Unidad de Medicina Familiar.
  • Datos de aseguramiento.

Consulta nuestra guía sobre vigencia de derechos IMSS 2026.

¿Cuántas personas trabajadoras del hogar están registradas en 2026?

El IMSS informó que al cierre de junio de 2026 había 59,553 puestos asociados a Personas Trabajadoras del Hogar.

A partir de esos registros estimó alrededor de 97,607 beneficiarios potenciales.

El salario promedio diario asociado en ese corte fue de $504 pesos.

Estas cifras son nacionales y corresponden al corte estadístico publicado por el Instituto, no a Delicias en particular.

¿El IMSS para trabajadoras del hogar es un programa voluntario?

No.

El esquema actual corresponde a una incorporación obligatoria cuando existe la relación laboral prevista por la ley.

No debe confundirse con programas voluntarios anteriores ni con el Seguro de Salud para la Familia.

¿Qué no debe hacer una persona empleadora?

  • No dejar sin registrar a la trabajadora porque sólo acude un día por semana.
  • No decirle que pague todo su IMSS por su cuenta.
  • No registrarla como independiente para evitar la obligación patronal.
  • No declarar un salario menor al real.
  • No omitir días efectivamente trabajados.
  • No descontarle la aportación patronal del Infonavit.
  • No inventar otra CURP o NSS.
  • No dejar de pagar sin presentar la baja cuando termina la relación.
  • No asumir que porque trabaja en otras casas ya está cubierta por completo.
  • No comprar registros falsos mediante gestores.

Preguntas frecuentes sobre IMSS para personas trabajadoras del hogar 2026

¿Es obligatorio asegurar a una trabajadora del hogar?

Sí. La persona empleadora debe registrarla desde el inicio de la relación laboral.

¿Tengo que registrarla si trabaja sólo un día por semana?

Sí, cuando existe una relación laboral de trabajo del hogar. El sistema permite registrar los días efectivamente trabajados.

¿Y si trabaja menos de ocho horas?

También puede y debe registrarse cuando se cumplen los supuestos laborales. El IMSS señala que trabajar menos de ocho horas no impide el aseguramiento.

¿Cuánto cuesta?

No existe una tarifa fija. El IMSS calcula las cuotas con base en el salario, los días trabajados y demás elementos aplicables.

¿Quién hace el registro?

La persona empleadora.

¿Qué pasa si trabaja en varias casas?

Cada empleador debe registrarla y cubrir por separado la parte que le corresponda.

¿Incluye Infonavit?

Sí. Actualmente la inscripción se vincula también con Infonavit y el empleador aporta el 5% del salario registrado para vivienda.

¿Ese 5% se descuenta a la trabajadora?

No. El IMSS indica que es una obligación de la persona empleadora.

¿Genera semanas para pensión?

Sí. El esquema incluye Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

¿Puede asegurar a sus hijos y esposo o esposa?

Sí pueden registrarse beneficiarios legales conforme a las reglas del IMSS.

El IMSS para personas trabajadoras del hogar 2026 es obligatorio cuando existe una relación laboral de trabajo del hogar. La persona empleadora debe realizar el registro desde el primer día y reportar el salario y los días realmente trabajados.

Si la persona trabaja en varias casas, cada empleador debe hacer su propio registro. El aseguramiento incluye los cinco seguros del Régimen Obligatorio y, actualmente, las aportaciones al Infonavit se generan junto con el registro ante el IMSS.

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