La ayuda para gastos de funeral IMSS 2026 es una prestación económica que puede solicitar la persona que compruebe haber pagado los servicios funerarios de una persona asegurada o pensionada fallecida y que cumpla los requisitos establecidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El trámite tiene la homoclave IMSS-01-010 y el monto se calcula utilizando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en la fecha del fallecimiento.
Para fallecimientos ocurridos desde el 1 de febrero de 2026, la UMA mensual es de $3,566.22 pesos, por lo que el apoyo equivale actualmente a:
$7,132.44 pesos.
Si el fallecimiento ocurrió durante enero de 2026, el cálculo utiliza la UMA que todavía estaba vigente en ese momento y el monto correspondiente es diferente.
En esta guía te explicamos quién puede solicitar la ayuda, cuántas semanas debe tener cotizadas la persona fallecida, qué gastos pueden comprobarse y cuánto tiempo tienes para presentar el trámite.
Ayuda para gastos de funeral IMSS 2026: ¿cuánto paga?
El IMSS establece que la ayuda equivale a dos veces el valor mensual de la UMA que corresponda a la fecha del fallecimiento.
| Fecha del fallecimiento | UMA mensual aplicable | Ayuda para funeral |
|---|---|---|
| Durante enero de 2026 | $3,439.46 | $6,878.92 |
| Del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2026 | $3,566.22 | $7,132.44 |
La diferencia existe porque el nuevo valor de la UMA 2026 comenzó a aplicarse el 1 de febrero de 2026.
Por eso no debe utilizarse automáticamente la cantidad de $7,132.44 para todos los fallecimientos ocurridos durante el año.
¿Qué es la ayuda para gastos de funeral del IMSS?
Es una prestación económica destinada a ayudar a cubrir parte de los gastos derivados del funeral de una persona asegurada o pensionada del IMSS.
No es:
- un seguro de vida;
- una pensión por viudez;
- una pensión por orfandad;
- una devolución de Afore;
- una indemnización por muerte;
- el pago total del funeral.
Es una prestación independiente que debe solicitarse expresamente.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
La Ley del Seguro Social y la ficha del trámite se refieren a la persona, preferentemente familiar del asegurado o pensionado, que presente la documentación que compruebe los gastos funerarios.
Esto significa que para cobrar la ayuda no basta únicamente con acreditar parentesco.
La persona solicitante debe presentar la factura, documento fiscal o cuenta correspondiente a los servicios funerarios.
¿Tiene que ser la esposa o esposo quien haga el trámite?
No necesariamente.
La ayuda no está reservada exclusivamente a la esposa, esposo, hijos o beneficiarios de una pensión.
El punto fundamental es acreditar correctamente los gastos funerarios conforme a los requisitos del IMSS.
Por eso es muy importante que desde la contratación del servicio funerario se conserve la documentación fiscal y que sea posible identificar quién realizó el gasto.
¿Cuántas semanas debe tener cotizadas la persona fallecida?
Cuando fallece una persona asegurada por una causa que no deriva de un riesgo de trabajo, el IMSS exige que tenga registradas al menos:
12 semanas de cotización dentro de los nueve meses anteriores al fallecimiento.
Además, debe encontrarse vigente en sus derechos al momento de morir.
¿Qué pasa si el fallecimiento ocurrió por un riesgo de trabajo?
Si la muerte deriva de un riesgo de trabajo, no se exige cumplir previamente las 12 semanas de cotización.
Sin embargo, será necesario acreditar que el fallecimiento está relacionado con el riesgo laboral conforme a los procedimientos del Instituto.
Entre la documentación que puede intervenir se encuentra el formato ST-7 relacionado con la atención y calificación del probable riesgo de trabajo.
¿Qué pasa si quien falleció ya era pensionado?
También puede solicitarse la ayuda cuando fallece una persona pensionada por el IMSS.
En ese supuesto, el Instituto revisa que la pensión se encontrara vigente.
No se exige demostrar nuevamente un historial reciente de 12 semanas como si se tratara de una persona asegurada activa.
¿Qué documentos necesitas?
Entre los principales documentos se encuentran:
- Factura o documento fiscal de los gastos funerarios.
- Acta de defunción.
- Identificación oficial vigente de la persona solicitante.
- Documento bancario con número de cuenta y CLABE para recibir el pago.
- documentación adicional cuando el fallecimiento haya derivado de un riesgo de trabajo.
La institución puede solicitar originales o copias certificadas para cotejar determinados documentos.
¿Qué debe decir la factura del funeral?
La factura o documento fiscal debe acreditar que efectivamente existieron gastos relacionados con el funeral de la persona asegurada o pensionada fallecida.
El IMSS reconoce dentro de este concepto servicios como:
- ataúd;
- cremación;
- embalsamamiento;
- traslado;
- equipo de velación;
- derechos de entierro;
- servicios funerarios;
- servicios de velación.
La documentación debe permitir identificar correctamente los servicios pagados.
¿Sirve cualquier recibo de una funeraria?
No conviene depender únicamente de un recibo informal.
El IMSS pide una factura o documento fiscal que avale el pago de los servicios.
En determinados lugares donde no sea posible obtener la documentación ordinaria, el Instituto contempla situaciones especiales donde puede intervenir una cuenta de gastos emitida o avalada por autoridad competente.
Pero la regla más segura es solicitar desde el inicio una factura correctamente expedida.
¿Qué pasa si utilizaste un Velatorio IMSS?
Cuando los propios servicios funerarios del Instituto realizan el funeral y se desea aplicar la ayuda al costo del servicio, el Contrato de Prestación de Servicios Funerarios expedido por el Velatorio IMSS puede sustituir la factura conforme a las reglas institucionales.
Esto permite aplicar directamente la prestación dentro del esquema funerario correspondiente.
¿El IMSS paga todo lo que costó el funeral?
No.
La ayuda tiene un monto determinado por la UMA y no se calcula reembolsando peso por peso todo lo gastado.
Por ejemplo, aunque un funeral haya costado $20,000, $40,000 o más, para un fallecimiento ocurrido después del 1 de febrero de 2026 la ayuda se calcula actualmente en $7,132.44.
El resto del costo queda sujeto a la forma en que la familia contrató o financió los servicios.
Si quieres conocer cuánto puede representar un servicio completo, consulta nuestra guía sobre cuánto cuesta un funeral en México en 2026.
¿Por qué la ayuda es de $7,132.44 durante gran parte de 2026?
INEGI estableció para 2026 una UMA mensual de:
$3,566.22.
El cálculo del IMSS utiliza dos mensualidades:
$3,566.22 × 2 = $7,132.44.
Ese valor está vigente desde el 1 de febrero de 2026.
¿Por qué en enero de 2026 era diferente?
La UMA se actualiza cada año, pero el nuevo valor entra en vigor el 1 de febrero.
Durante enero de 2026 todavía estaba vigente la UMA mensual de 2025:
$3,439.46.
Por eso, para un fallecimiento ocurrido durante enero:
$3,439.46 × 2 = $6,878.92.
El IMSS utiliza la UMA que correspondía exactamente a la fecha del fallecimiento.
¿Dónde se solicita la ayuda?
El trámite puede presentarse en:
- la Unidad de Medicina Familiar correspondiente;
- la Subdelegación de adscripción.
El horario general publicado por el Instituto es:
8:00 a 15:00 horas
o el horario ampliado que determine la representación del IMSS correspondiente.
¿Dónde solicitarla en Delicias?
Si realizas el trámite desde Delicias, confirma primero cuál es la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación que corresponde al expediente de la persona fallecida.
Si necesitas identificar la UMF, consulta nuestra guía sobre qué clínica del IMSS corresponde en 2026.
Antes de acudir puedes confirmar por teléfono qué área recibe actualmente el trámite.
¿Se puede solicitar por internet?
La ficha oficial vigente del trámite IMSS-01-010 establece su presentación en la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación.
No debe confundirse con otros servicios digitales del Instituto.
Evita páginas que prometan tramitar el pago completamente por WhatsApp o mediante un formulario ajeno al IMSS.
¿Cuánto tiempo tienes para solicitar la ayuda?
Éste es uno de los puntos más importantes.
La normativa vigente del IMSS establece que el derecho al pago de la ayuda para gastos de funeral prescribe al año contado desde la fecha del fallecimiento.
Por eso no conviene guardar la factura durante meses pensando que la prestación puede solicitarse en cualquier momento.
Reúne los documentos y presenta la solicitud cuanto antes.
¿Qué pasa si ya pasó más de un año?
La normativa del Instituto establece un plazo de prescripción de un año.
Si ese tiempo ya transcurrió, no debes asumir que una oficina necesariamente podrá autorizar el pago fuera del plazo.
Solicita orientación formal al IMSS sobre el expediente concreto.
¿Cuánto tarda en depositarse?
La ficha pública principal del trámite no establece un plazo universal que permita afirmar que absolutamente todas las solicitudes serán depositadas en un número específico de días.
El tiempo puede depender de:
- validación de documentos;
- vigencia del asegurado o pensionado;
- cotizaciones;
- datos bancarios;
- validación del fallecimiento;
- riesgo de trabajo cuando corresponda.
Al presentar la solicitud conserva cualquier folio o comprobante y pregunta cómo dar seguimiento.
¿En qué cuenta deposita el IMSS?
El Instituto solicita un documento expedido por la institución financiera donde puedan identificarse:
- número de cuenta;
- CLABE;
- persona beneficiaria del pago.
Revisa cuidadosamente los 18 dígitos de la CLABE antes de entregar el documento.
¿Hay que entregar el NIP o contraseña bancaria?
No.
Para recibir esta ayuda no necesitas proporcionar:
- NIP;
- CVV;
- contraseña bancaria;
- token;
- códigos recibidos por SMS;
- contraseña de correo electrónico.
El documento bancario se utiliza para identificar la cuenta receptora, no para acceder a ella.
¿La ayuda se paga aunque también exista seguro de vida?
Una póliza privada de seguro de vida y la Ayuda para Gastos de Funeral del IMSS son prestaciones diferentes.
Que una familia reciba la ayuda del Instituto no significa automáticamente que pierda el derecho a cobrar un seguro privado cuando exista una póliza y se cumplan sus condiciones.
Si sospechas que había una póliza pero no sabes con qué aseguradora, consulta nuestra guía sobre Beneficiario de seguro de vida 2026.
¿Es compatible con una pensión por viudez?
Sí son trámites distintos.
La ayuda para funeral busca contribuir a cubrir los gastos inmediatos derivados del fallecimiento.
La pensión por viudez es una prestación periódica para la persona sobreviviente que cumple los requisitos legales.
Consulta nuestra guía sobre Pensión por viudez IMSS 2026.
¿Y si dejó hijos menores?
Los hijos pueden tener derecho a una pensión por orfandad independientemente de que alguien solicite la ayuda para gastos de funeral.
Consulta nuestra guía sobre Pensión por orfandad IMSS 2026.
¿La ayuda convierte a quien la cobra en heredero?
No.
Solicitar una prestación para gastos funerarios no convierte automáticamente a la persona en heredera de cuentas bancarias, inmuebles, Afore u otros bienes.
La sucesión y las prestaciones del IMSS son asuntos distintos.
¿Qué pasa con las deudas del fallecido?
La ayuda para funeral tampoco obliga automáticamente a la persona que la solicita a asumir las deudas bancarias de quien falleció.
Los créditos, seguros asociados y obligaciones de la sucesión deben revisarse por separado.
Consulta nuestra guía sobre Deudas de una persona fallecida 2026.
¿Qué pasa si otra persona pagó el funeral?
La documentación fiscal y la persona que efectivamente realizó el gasto son elementos importantes.
Si una hija contrató y pagó los servicios, pero otro familiar pretende solicitar la ayuda, conviene aclarar previamente con el IMSS qué documentación acredita correctamente el gasto.
No alteres facturas ni pidas que una funeraria cambie artificialmente la información para intentar conseguir el apoyo.
¿Qué pasa si el funeral fue pagado entre varios familiares?
Cuando varias personas contribuyeron económicamente pero existe una sola factura o contrato, el expediente debe revisarse de acuerdo con quien aparezca como responsable del gasto y la documentación presentada.
La ayuda no se multiplica por el número de familiares que colaboraron.
Existe una sola prestación derivada del fallecimiento conforme a las condiciones del trámite.
¿Qué pasa si el funeral fue pagado anticipadamente?
Los contratos funerarios de previsión pueden tener características distintas a un servicio contratado después del fallecimiento.
Si existía un plan previamente pagado, conserva:
- contrato;
- factura;
- documentación del titular;
- comprobantes adicionales;
- documento que detalle qué servicios se proporcionaron.
Solicita al IMSS que determine cómo debe acreditarse el gasto en ese supuesto.
¿El IMSS tiene sus propios velatorios?
Sí. El Instituto mantiene servicios funerarios y velatorios en diferentes ciudades del país.
Actualmente existen modalidades que incluyen velación, traslados y, en determinadas sedes, cremación.
Utilizar un Velatorio IMSS y solicitar la Ayuda para Gastos de Funeral son conceptos relacionados pero no idénticos: el trámite puede aplicarse al servicio conforme a las reglas institucionales.
¿Hay Velatorio IMSS en Chihuahua?
El IMSS mantiene servicios funerarios en el estado de Chihuahua, incluido Ciudad Juárez dentro de las sedes publicadas para distintos paquetes funerarios.
Si necesitas este servicio, consulta directamente el directorio vigente del Instituto porque las instalaciones, disponibilidad y paquetes pueden modificarse.
¿El trámite tiene costo?
No.
La solicitud de Ayuda para Gastos de Funeral ante el IMSS es gratuita.
No pagues a gestores que prometan:
- duplicar el apoyo;
- liberarlo en unas horas;
- aumentar la UMA aplicable;
- inventar semanas cotizadas;
- crear facturas;
- conseguir un supuesto pago especial.
Cuidado con fraudes después de un fallecimiento
Una familia puede ser especialmente vulnerable durante estos momentos.
No entregues a desconocidos:
- CURP;
- NSS;
- acta de defunción;
- facturas completas;
- CLABE junto con contraseñas;
- fotografías de tarjetas;
- NIP;
- CVV;
- códigos SMS.
Realiza el procedimiento directamente ante el IMSS.
Ayuda para gastos de funeral IMSS 2026: lo más importante
La ayuda para gastos de funeral IMSS 2026 corresponde a una prestación económica equivalente a dos veces el valor mensual de la UMA vigente en la fecha del fallecimiento.
Para fallecimientos ocurridos desde el 1 de febrero de 2026, el cálculo es de $7,132.44 pesos. Para fallecimientos ocurridos durante enero de 2026, cuando todavía estaba vigente la UMA 2025, corresponde un cálculo de $6,878.92 pesos.
En el supuesto general de una persona asegurada se requieren al menos 12 semanas cotizadas durante los nueve meses anteriores y vigencia de derechos. Si el fallecimiento derivó de un riesgo de trabajo, no se exige ese mínimo previo de semanas.
La persona solicitante debe conservar la factura o documento fiscal que compruebe los servicios funerarios, además del acta de defunción, identificación y documentación bancaria para el pago.
El derecho a solicitar la ayuda prescribe al año del fallecimiento, por lo que no conviene retrasar el trámite.



