Los gastos funerarios ISSSTE 2026 pueden representar un pago equivalente a 120 días de la pensión que recibía la persona pensionada o jubilada fallecida. El beneficio puede solicitarlo quien demuestre que se hizo cargo de los gastos del funeral.
La Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado establece que, cuando fallece un pensionado, se entregará a sus deudos o a la persona que haya cubierto la inhumación el importe correspondiente a 120 días de pensión.
Si el pensionado recibía dos o más pensiones, el cálculo de los gastos funerarios se realiza únicamente tomando como referencia la pensión de mayor importe.
Gastos funerarios ISSSTE 2026: ¿cuánto pagan?
El monto corresponde a 120 días de la pensión que recibía la persona fallecida.
En términos sencillos, 120 días representan aproximadamente cuatro mensualidades de pensión.
Por ejemplo, si un pensionado recibía 10 mil pesos mensuales, una referencia sencilla sería:
- Pensión mensual: $10,000.
- Pensión diaria aproximada: $333.33.
- 120 días de pensión: aproximadamente $40,000.
Si la pensión mensual era de 15 mil pesos, el equivalente aproximado de 120 días sería de 60 mil pesos.
El cálculo definitivo corresponde al ISSSTE o, en los casos aplicables, a la institución que venía cubriendo la pensión.
La regla de los 120 días está prevista en la Ley del ISSSTE publicada por la Cámara de Diputados.
¿Qué pasa si el pensionado recibía dos pensiones?
Cuando una persona fallecida recibía dos o más pensiones, no se suman todas para calcular los gastos funerarios.
La Ley del ISSSTE establece que el pago debe determinarse tomando únicamente la pensión de mayor importe.
Por ejemplo, si recibía:
- Una pensión de $12,000 mensuales.
- Otra pensión de $7,000 mensuales.
El pago funerario se calcularía con base en la pensión de 12 mil pesos.
¿Quién puede cobrar los gastos funerarios del ISSSTE?
No es obligatorio ser esposo, esposa, hijo o familiar directo para realizar el trámite.
Puede solicitarlo la persona que demuestre haberse hecho cargo de los gastos funerarios del pensionado o jubilado.
Entre los posibles solicitantes están:
- Esposa o esposo.
- Concubina o concubinario.
- Hija o hijo.
- Madre o padre.
- Otro familiar.
- Una persona sin parentesco que haya pagado el funeral.
Lo importante es acreditar el fallecimiento y comprobar los gastos correspondientes.
¿Qué documentos pide el ISSSTE?
La ficha oficial del Instituto señala como documentos principales:
- Certificado de defunción en original.
- Factura de los gastos funerarios.
- Identificación oficial vigente de la persona que demuestra haber cubierto los gastos.
- CURP de la persona solicitante.
- Credencial de pensionado expedida por el ISSSTE.
- Reporte de cheques cancelados por fallecimiento, cuando corresponda.
Los requisitos vigentes pueden consultarse directamente en la ficha oficial de pago de gastos de funeral para pensionados y jubilados del ISSSTE.
¿La factura debe estar a nombre de quien hace el trámite?
La factura es uno de los documentos fundamentales porque permite demostrar que existió un gasto funerario.
Antes de presentar el expediente conviene revisar que los datos sean legibles y que el comprobante corresponda efectivamente a los servicios funerarios de la persona fallecida.
Si existen diferencias en nombres o datos personales, es recomendable aclararlas antes de iniciar el trámite para evitar retrasos.
Si detectas errores en los datos registrados ante el Instituto, consulta nuestra guía sobre corrección de datos ISSSTE 2026.
¿Cuánto tarda el ISSSTE en pagar los gastos funerarios?
La ficha oficial del trámite establece un plazo de resolución de hasta 90 días hábiles.
Esto no significa necesariamente que todos los expedientes deban tardar ese tiempo completo, pero es el periodo publicado por el Instituto para resolver la solicitud.
Para evitar retrasos es importante entregar la documentación completa desde el inicio.
¿El trámite tiene costo?
No. El trámite para solicitar el pago de gastos funerarios del ISSSTE es gratuito.
No es necesario pagar gestores para presentar la solicitud.
Si alguna persona ofrece acelerar el trámite a cambio de dinero, conviene verificar directamente la información con el Instituto antes de entregar documentos o realizar pagos.
¿Necesitas cita para solicitar el pago?
La ficha oficial del ISSSTE señala que no es necesario realizar una cita para iniciar este trámite.
La solicitud se presenta en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene correspondiente a la oficina de representación estatal o regional del Instituto.
Antes de acudir conviene localizar el módulo correspondiente y confirmar su horario de atención.
El ISSSTE mantiene un directorio de módulos y oficinas por entidad federativa.
¿El ISSSTE devuelve exactamente lo que costó el funeral?
No necesariamente.
El pago no funciona como un reembolso exacto de cada peso gastado en el funeral.
La Ley establece una prestación equivalente a 120 días de la pensión que recibía el pensionado fallecido.
Por eso, el costo que aparece en la factura y el monto final de la prestación pueden ser diferentes.
¿Qué pasa si el funeral costó menos que cuatro meses de pensión?
La regla legal establece como referencia 120 días de pensión y exige acreditar los gastos de sepelio.
El expediente debe ser revisado por el ISSSTE para determinar el pago que corresponda conforme a la situación del pensionado y la documentación presentada.
No conviene realizar cálculos definitivos únicamente con la factura sin que la autoridad revise el expediente.
¿Es lo mismo que contratar un velatorio del ISSSTE?
No. Son dos servicios diferentes.
El pago de gastos funerarios es una prestación económica relacionada con el fallecimiento de una persona pensionada o jubilada.
Los servicios funerarios del ISSSTE, en cambio, incluyen opciones como velación, cremación, traslado y otros servicios que pueden contratar los derechohabientes e incluso el público en general.
La información sobre estos servicios puede consultarse en el portal oficial de Servicios Funerarios del ISSSTE.
¿El pago aplica si fallece un trabajador activo?
El trámite de pago de gastos de funeral descrito en esta guía está dirigido específicamente a pensionados y jubilados del ISSSTE.
Cuando fallece un trabajador activo pueden existir otras prestaciones para sus familiares, pero no debe suponerse automáticamente que corresponde el mismo pago de 120 días de una pensión que todavía no recibía.
Dependiendo del caso, los familiares pueden tener derecho a una pensión derivada del fallecimiento.
¿Se puede cobrar también una pensión por viudez?
Sí. El pago de gastos funerarios y la pensión por viudez son prestaciones distintas.
Una persona puede haber pagado el funeral y otra ser la beneficiaria de la pensión por viudez.
Si falleció tu esposo, esposa, concubina o concubinario pensionado o trabajador, consulta nuestra guía sobre pensión por viudez ISSSTE 2026 y sus requisitos.
¿Qué pasa con los hijos de la persona fallecida?
Los hijos que cumplan los requisitos establecidos por la legislación pueden tener derecho a una pensión por orfandad.
Éste es un trámite diferente y no sustituye el pago de los gastos funerarios.
Consulta nuestra guía sobre pensión por orfandad ISSSTE 2026.
¿Los padres pueden tener derecho a pensión?
En determinados casos, cuando no existen otros familiares con mejor derecho y se cumplen las condiciones establecidas por la legislación, los padres o ascendientes pueden solicitar una pensión derivada.
Tenemos una guía específica sobre la pensión de ascendientes ISSSTE 2026.
¿Qué hacer después del fallecimiento de un pensionado?
De manera práctica, los pasos son:
- Obtener el certificado de defunción.
- Solicitar y conservar la factura de los servicios funerarios.
- Reunir la identificación y CURP de la persona que pagó el funeral.
- Localizar la credencial de pensionado.
- Solicitar el reporte correspondiente por fallecimiento cuando proceda.
- Acudir al área del ISSSTE encargada de pensiones.
- Entregar el expediente completo.
- Conservar el comprobante de la solicitud.
Errores que pueden retrasar el pago
- No conservar la factura funeraria.
- Presentar documentos ilegibles.
- Tener diferencias entre los nombres del pensionado y sus documentos.
- No acreditar correctamente quién cubrió los gastos.
- Confundir el servicio de velatorio con la prestación económica.
- Suponer que el pago se calcula sumando varias pensiones.
- Entregar documentos a gestores no autorizados.
¿Cuánto pagan finalmente por gastos funerarios ISSSTE?
Los gastos funerarios ISSSTE 2026 equivalen a 120 días de la pensión que recibía la persona pensionada o jubilada fallecida.
Si recibía más de una pensión, el cálculo debe realizarse únicamente sobre la de mayor importe.
La persona que cubrió los gastos debe conservar el certificado de defunción, la factura funeraria y el resto de la documentación requerida para iniciar el trámite.
El procedimiento es gratuito, no requiere cita y la ficha oficial establece un plazo máximo de resolución de 90 días hábiles.
Te puede interesar: Pensión por viudez ISSSTE 2026: requisitos y cómo solicitarla.
Fuentes oficiales
La información fue revisada con la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la ficha oficial de Solicitud de Pago de Gastos de Funeral para Pensionados y Jubilados del ISSSTE.



